Las oficinas de Correos ya han abierto la
solicitud para el voto por correo para las próximas
elecciones municipales del 28 de mayo. El plazo estará abierto hasta el
18 de mayo y aquellos que deseen votar de esta forma tienen que pedir el
Certificado de su inscripción en el Censo Electoral correspondiente. Para poder emitir el voto, es necesario solicitar el certificado a través de la web
www.correos.es o
presencialmente en cualquier oficina de Correos de España. A partir del 8 de mayo, las
Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral enviarán a los solicitantes la documentación necesaria para ejercer el voto por correo. Los votantes tendrán hasta el
24 de mayo de 2023 para depositar su voto por correo.
Solicitud de voto por internet
Los ciudadanos que deseen
votar pueden hacerlo sin tener que acudir a ninguna oficina de Correos. Esta solicitud se realiza a través de la web de Correos (www.correos.es) y requiere la acreditación de la identidad mediante
firma electrónica. Para ello, se aceptan como sistemas de identificación válidos los certificados de
persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el
DNI electrónico (DNI-e). Solicitud de voto en oficina
Todos los electores españoles pueden solicitar
un voto por correo en cualquier oficina de Correos. Esta petición debe ser realizada en
persona salvo que se encuentre impedido por enfermedad o discapacidad, certificada
oficialmente. En este caso, la petición puede ser presentada por
otra persona autorizada por un notario o por un consulado.
Al presentar la solicitud, los interesados deben
acreditar su identidad mostrando al empleado de la oficina postal el
DNI, el
Pasaporte o el carnet de conducir originales. Con el fin de agilizar los trámites y evitar demoras, la compañía ofrece la opción de
reservar una cita previa para el voto en las oficinas, a través de la
app, la
web de Correos o la Oficina Virtual. Para ello, el elector sólo tiene que seleccionar la oficina con una cita previa y, finalmente, escoger el día y la hora deseada.
¿Quién puede utilizar la aplicación para la presentación de la solicitud electrónica de voto por correo?
Los electores
residentes en España. Una vez presentada la solicitud vía web, si es aceptada por la Oficina del Censo Electoral, no podrá votar en la mesa electoral el día de la votación. Los electores
residentes en el extranjero que se encuentren temporalmente en España, con derecho de voto en las elecciones convocadas.
¿Cómo puedes solicitar online el voto por correo?
Es necesario
disponer de un certificado DNI Electrónico (obtener DNI electrónico) o un certificado digital válido. Debes
completar los datos requeridos. Firmar
electrónicamente. Descargar la
solicitud. La Oficina del Censo Electoral debe
aprobar la solicitud, para que te remita, a la dirección que has indicado en tu solicitud, la documentación para realizar el voto.