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Entra en vigor nuevas normas para la circulación en los vehículos de movilidad personal

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El pasado 2 de enero entraron en vigor las nuevas normas para la circulación en VMP (Vehículos de Movilidad Personal). Los VMP pasan a considerarse vehículos, por lo que están obligados a cumplir las normas de circulación, como hacen los coches o las motos (alcohol, drogas, etc.).

Quedan excluidos los vehículos para personas con movilidad reducida. Deben circular entre 6 y 25 km/h y nunca podrán hacerlo por las aceras. También tendrán prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos. Los VMP van a necesitar un certificado de circulación para acreditar que cumplen con los requisitos técnicos.

Al respecto, el Concejal de Interior y Tráfico, David Dóniga, ha declarado que la Policía Local cumplirá con estas nuevas directrices de la DGT, y que ya existía un borrador para modificar en este sentido la Ordenanza Municipal de Movilidad y adaptarla a esta nueva regulación, cuestión que se trató en la Comisión de Interior y que estaba esperando a esta última y definitiva regulación para elevarlo al Pleno.

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Además, la modificación de la Ordenanza contempla otras cuestiones de obligado cumplimiento como disponer de un seguro de Responsabilidad Civil, el uso obligatorio del casco o disponer de chaleco reflectante para mejorar la visibilidad.


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Equipo local de redacción de Plasencia y el Valle del Jerte